0 5 mins 1 año

VIVIENDAS CON DAÑO LEVE PRODUCTO DEL SISTEMA FRONTAL DE AGOSTO RECIBIRÁN HASTA 50 UF VÍA BOLSILLO ELECTRÓNICO PARA COMPRA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.

PROPIETARIOS DE VIVIENDAS CATALOGADAS POR FICHA 2 CON DAÑOS MODERADOS, MAYORES Y DESTRUIDAS DEBEN CUMPLIR REQUISITOS MINVU PARA RECONSTRUCCIÓN.

Con el propósito de apoyar con información a las familias damnificadas por los sistemas frontales de junio y agosto, la directora de SERVIU Paula Oliva Aravena explicó que la diferencia en el enfoque de asistencia entre ambos eventos solo ocurre en las viviendas con daño leve.

Es así como las unidades habitacionales afectadas por el sistema frontal en el mes de junio debían ser calificadas en terreno por SERVIU, para recibir como apoyo hasta 50 Unidades de Fomento vía Tarjeta Banco de Materiales en la reparación de tales viviendas.

“En el segundo evento de agosto, el Ministerio del Interior siguiendo la instrucción del Presidente de la República decidió que, en cada vivienda que la Ficha FIBE determine como afectada de manera leve, recibirá automáticamente una transferencia a través del Bolsillo Electrónico. Esta transferencia oscila entre 20 y 50 U.F. y está diseñada para que cada familia adquiera los materiales de construcción necesarios para reparar su propia vivienda. Esto, a su vez, permite que el enfoque del Ministerio de Vivienda y Urbanismo se centre en las familias que han sufrido una afectación moderada o mayor”, explicó la directora de SERVIU Maule.

Es decir, si una vivienda con poca afectación por el evento de junio debía ser encuestada dos veces para recibir recursos y reparar su vivienda, ahora solo requerirá la evaluación de la Ficha FIBE para recibir el aporte estatal y comprar materiales de construcción.

DAÑOS MAYORES

En el caso de las viviendas con daños moderados, mayores y con destrucción total, recibirán la visita técnica de SERVIU y deberán someterse a una selección a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, manifestó la ingeniera Paula Oliva Aravena.

“Este proceso tiene como objetivo determinar si los propietarios de esas viviendas cumplen con los requisitos necesarios para recibir algún tipo de apoyo del Ministerio de Vivienda, como un subsidio habitacional. Este subsidio puede variar en sus categorías, dependiendo del grado de afectación de la vivienda o de las necesidades específicas de cada caso. Puede incluir desde una Tarjeta Banco de Materiales con Asistencia Técnica, hasta un Subsidio Habitacional para la Construcción de una Nueva Vivienda. El conjunto de beneficiarios surgirá de aquellos propietarios que cumplan efectivamente con los requisitos para obtener un subsidio”, sentenció Paula Oliva Aravena.

Luego de aplicada la Ficha 2 de MINVU, quienes cumplan los requisitos para acceder a un Subsidio Habitacional de Reconstrucción formarán parte del Registro de Personas Damnificadas de MINVU y recibirán una propuesta de solución generada por una comisión técnica de SERVIU.

REQUISITOS ESPECIALES

Debe ser propietaria Según lo establecido en el Manual para la Reconstrucción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para recibir un Subsidio Habitacional de Reconstrucción la persona damnificada:

  • legal de una vivienda o ser cónyuge de una persona propietaria.
  • Dicha vivienda debe haber sido evaluada con la Ficha 2 con daño Moderado, Mayor o No-reparable producto del evento y, por lo tanto, ser parte del Registro de Personas Damnificadas del MINVU.
  • No ser propietaria de otro bien de uso habitacional que esté en condiciones de ser habitado.
  • No contar con un subsidio vigente, en ejecución o sin aplicar.

Para la asignación de un Subsidio Habitacional de Reconstrucción, excepcionalmente el MINVU eximirá a las personas de las siguientes condiciones:

  • Haber usado anteriormente un subsidio habitacional.
  • Contar con ahorro.
  • Contar con Registro Social de Hogares.