SE FISCALIZARÁN LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EN MATERIA DE ALOJAMIENTOS DE LA CIUDAD DE CONSTITUCIÓN.
El SERNAC del Maule, en conjunto con el SERNATUR, la Dirección del Trabajo, y la Ilustre Municipalidad de Constitución, realizaron una fiscalización a distintas empresas de servicios turísticos ubicadas en Constitución, específicamente a hoteles y alojamientos. El objetivo fue verificar si esas empresas cumplen con las exigencias establecidas en la Ley del Consumidor, la Ley de Turismo, la Ley de Rentas Municipales, el Código del Trabajo y otras normas laborales.
Se trata de una fiscalización integrada multitarea entre el SERNAC, el SERNATUR, la Dirección del Trabajo y la Municipalidad de Constitución, e implica que cada organismo, de acuerdo a sus propias facultades, fiscaliza o inspecciona a las empresas.
El SERNAC ha desplegado una campaña a nivel nacional de fiscalización preventiva, enfocada en los servicios de alojamiento, hotelería y operadores turísticos. Se fiscalizaron a empresas que prestan servicios en materia de alojamiento de la referida comuna, especialmente al rubro hotelero. Esto adquiere relevancia en consideración al periodo estival vigente en nuestro país, que todos los años viene en potenciar el turismo, la actividad comercial y asimismo la oferta laboral en el sector costero de la región del Maule.
En el caso del SERNAC, el objetivo es verificar, especialmente, aquellos aspectos relacionados con la información de los proveedores fiscalizados, la información básica comercial de los servicios ofrecidos, precios, en otras materias. En el caso del SERNATUR, se revisó si los locales están inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos.
La Inspección Municipal de la I. Municipalidad de Constitución realizó una fiscalización sobre la actualización de patentes municipales y las actividades lucrativas que se ejercen en la comuna, principalmente en materia de turismo y hotelería. Mientras que la Dirección del Trabajo hizo lo propio en cuanto a la verificación del cumplimiento de las normas de orden laboral y previsional, y la revisión de las condiciones de higiene y seguridad en el ámbito laboral.
El Director Regional (S) del SERNAC del Maule, Andrés Salas, explicó que, mediante el despliegue de la facultad de fiscalización, el SERNAC cumple con su compromiso de tener mayor cobertura e impacto territorial, abarcando nuevas comunas, con miras a prevenir, disuadir y corregir incumplimientos a los derechos de los consumidores en materia de servicios turísticos, lo cual resulta relevante considerando que esta región atrae a mil de visitantes, especialmente en la época estival.
La Directora Regional del SERNATUR del Maule, Rosa María Romero, señaló que “estas labores de fiscalización responden a las constantes acciones que el organismo realiza en conjunto a SERNAC y otras instituciones, para fomentar el correcto cumplimiento y la formalización de las empresas turísticas. Por esto, el llamado que hacemos es a siempre preferir servicios registrados”.
El Director Regional del Trabajo y SEREMI (S) del Trabajo, Félix Fuentes Jiménez, indicó que “la permanente labor de fiscalización de parte de la Dirección del Trabajo busca verificar que se cumpla con el trabajo decente de parte de los empleadores, muy especialmente en esta temporada estival, en el marco del trabajo decente y el centenario de la Dirección del Trabajo. Por eso es tan relevante las acciones conjuntas con otras instituciones, como SERNAC y SERNATUR, para que nuestra fiscalización sea integral y se proteja de mejor manera a los trabajadores, turistas, consumidores y ciudadanos. Las denuncias siempre se podrán realizar en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl y en el Centro de Atención Laboral de la Dirección del Trabajo, número 600 450 4000, en esta segunda alternativa, entre las 09:00 y las 14:00 horas”.
INFRACCIONES
En caso de incumplimiento a la Ley del Consumidor, las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, esto es, más de 19 millones de pesos por cada infracción.
Por su parte, la Ley de Turismo (Ley N° 20.423), establece que tanto los prestadores de servicios de alojamientos y actividades de turismo aventura, deben estar inscritos de manera obligatoria en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos.
Quienes están inscritos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos se encuentran formalmente constituidos como empresas, es decir, cuentan con patente comercial e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
Quienes no cumplan con lo establecido en esta norma, arriesgan multas desde 5 a 10 UTM ($323 mil a $646 mil) en el caso de servicios de alojamiento; y entre 5 a 20 UTM ($323 mil a $1 millón 293 mil) para servicios de turismo aventura que no se encuentren registrados.
Finalmente, en cuanto a las infracciones a la normativa laboral, éstas se encuentran graduadas conforme a la gravedad de la infracción y al tamaño de la empresa, y en algunos casos a su reiteración y el número de trabajadores involucrados, arriesgándose a multas de hasta 300 UTM, es decir, más de 19 millones de pesos.
En caso de detectar infracciones tras la fiscalización, los organismos evaluarán las acciones que estimen pertinentes para ir en defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.