DESDE LOS 65 AÑOS DE EDAD Y CUMPLIENDO LOS DEMÁS REQUISITOS, LAS PERSONAS PUEDEN OPTAR AL BENEFICIO AÚN CUANDO SIGAN TRABAJANDO. ASÍ LO DESTACARON LA SEREMI DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL JUNTO AL DIRECTOR REGIONAL DEL IPS MAULE.
Debido a la inquietud detectada en personas que están por cumplir los 65 años de edad y que aún no se han jubilado, respecto a si pueden o no acceder al beneficio de la Pensión Garantizada Universal, PGU, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal, junto al Director Regional del IPS Maule (s) Eugenio Cáceres Castillo, recordaron que efectivamente, éste es un beneficio al que se puede acceder cumpliendo entre otros, el requisito de la edad.
“Una persona que no se ha pensionado -o que aún trabaja- puede solicitar la PGU, si tiene 65 o más años y cumple con los demás requisitos legales. Lo invitamos a consultar por el beneficio y las condiciones para acceder a éste. Hay que recordar que, por ley, se requiere realizar el trámite de solicitud, sea en línea o en alguna sucursal del IPS”, subrayó la Seremi Maribel Torrealba.
Respecto de los requisitos, Eugenio Cáceres, indicó que junto a los 65 años “se debe cumplir con lo señalado en la ley y que dice relación con acreditar residencia en Chile por 20 años y no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país. Con ésto, las personas -incluidas las no pensionadas- pueden realizar la solicitud de su PGU, sin importar que sigan trabajando” comentó.
En cuanto al lugar y la forma para solicitar la PGU, las autoridades recordaron que existen dos grandes formas: La primera, que incluye días festivos y fin de semana, se puede concretar a través del sitio www.chileatiende.cl y requiere de Clave Única. Ahí también se pueden realizar consultas respecto al cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio.
La segunda forma, válida sólo entre lunes y viernes de cada semana, es utilizar el servicio de videoatención disponible en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl, acudiendo a las sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social IPS, a los municipios o en la AFP en la que se encuentre afiliada la persona.
De igual modo, las autoridades indicaron que una condición previa a la solicitud del beneficio es contar con la inscripción en el Registro Social de Hogares, debido a que es desde ahí, el lugar donde se obtienen algunos datos para evaluar los requisitos.
Finalmente subrayaron que el monto máximo de la PGU es de $206.173 y que a los afiliados o pensionados de Dipreca y Capredena no les corresponde este beneficio.
Para resolver dudas sobre la Pensión Garantizada Universal, también se puede consultar en redes sociales @ChileAtiende en Facebook, Twitter e Instagram, o llamando al Call Center 101, instancias que son atendidas en su totalidad por funcionarios del Instituto de Previsión Social.