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DEFENSORÍA DEL CONTRIBUYENTE DETALLÓ EL PASO A PASO PARA REGULARIZAR EL TRÁMITE, LAS OPCIONES DE PAGO Y QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A CUMPLIR CON ESTE PROCESO.

A casi tres meses de expirar el plazo legal (abril), hay personas naturales y empresas que aún no han realizado su declaración de impuesto a la renta.

Según explica la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), ante estos casos el Servicio de Impuestos Internos (SII) podría notificar al contribuyente de este incumplimiento y citarlo, liquidar y/o girar los tributos adeudados hasta en un plazo de 6 años.

De hecho, si la persona tiene la obligación de declarar renta y ésta implica un pago de impuestos, se le aplicarán reajustes (según IPC), intereses (1,5% mensual o fracción) y multas por la presentación fuera de plazo. Sobre el monto reajustado, se aplicará una infracción de un 10%, siempre que dicho retardo u omisión no sea superior a 5 meses. Posterior a ello, la multa subirá un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, no pudiendo exceder el 30% de los impuestos adeudados.

Si, por el contrario, al contribuyente le corresponde una devolución de impuestos o su declaración se encuentra “calzada” (sin pago ni devolución), se aplicará una infracción que va desde 1 UTM ($66 mil aprox.) a 1 UTA ($790 mil aprox.).

¿CÓMO DECLARAR FUERA DE PLAZO?

  • Hacerlo en línea, ingresando a www.sii.cl con el RUT y Clave Tributaria o ClaveÚnica. Luego, “Servicios online”; “Declaración de renta”; “Declarar renta”, y “Seleccionar año 2024”.
  • Ingresar una petición administrativa en el sitio web del SII con el RUT y Clave Tributaria (o ClaveÚnica. ¿Cómo hacerlo? “Servicios online”; “Peticiones administrativas y otras solicitudes”, e “Ingresar petición administrativa”. Allí, seleccionar “F22 fuera de plazo” e indicar en la descripción de la solicitud la necesidad de declarar renta para el año tributario 2024 y/u otro anterior.
  • Presencialmente en la oficina del SII que corresponda según domicilio, si no puede realizarlo por alguna de las dos opciones anteriores.

OPCIONES DE PAGO

La Defensoría del Contribuyente añade que, quienes paguen sus impuestos y/o multas, reajustes e intereses -a través de la web www.sii.cl o de forma presencial-, podrán acceder a la condonación de hasta un 70% de lo aplicado por la presentación de la declaración de renta fuera de plazo.

De igual modo, por el monto adeudado también se puede acceder a convenio en la Tesorería General de la República (TGR). Para ello, se debe solicitar el giro al SII (presencial o por petición administrativa) y, luego, dirigirse a una oficina de Tesorería para suscribir el compromiso de pago o realizar dicho trámite en www.tgr.cl.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS(AS) A DECLARAR RENTA?

  • Todas las empresas y personas que durante el año comercial 2023 tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992, salvo que éste monto corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.
  • Quienes tuvieron más de un(a) empleador(a) o pagador(a), o trabajaron a honorarios y deben calcular sus cotizaciones previsionales.
  • Personas que solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021. En esta Operación Renta se calcula y paga la cuota correspondiente (30% del monto solicitado, respectivamente).
  • Quienes quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario como, por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios. Deben declarar para ello.

Si algún(a) contribuyente sufrió retrasos en su declaración por alguna vulneración de sus derechos durante el proceso, puede contactar a la Defensoría del Contribuyente para analizar su caso y representarlo administrativamente ante el SII.